Alcance 1.1 Esta norma especifica requisitos mínimos de seguridad y rendimiento para dispositivos de vacío (ver Figura 1). El equipo puede ser impulsado por sistemas de vacío de tuberías con energía central, fluidos, electricidad o manualmente para una variedad de aplicaciones (consulte la Figura 1). Quedan excluidos de la Norma (a) el suministro central de energía (por generación de vacío/aire comprimido), los sistemas de tuberías de vehículos y edificios, y los conectores de pared; (b) catéteres, drenajes, curetas y puntas de succión; c) jeringas; (d) sistemas de eliminación de gases anestésicos; (e) succión de laboratorio (ver CSA Stadnard CAN/CSA-Z305.1); (f) sistemas de autotransfusión; (g) drenaje urinario pasivo; h) sistemas cerrados para drenaje de heridas; (i) drenaje gástrico por gravedad; j) extractores de mucosa operados por vía oral; k) bombas peristálticas (cuando el dispositivo de recogida está aguas arriba de la bomba); y (l) extractores de leche. 1.2 El equipo especificado por esta Norma puede usarse para diversos procedimientos, incluidas las siguientes aplicaciones: (a) liposucción; (b) drenaje nasogástrico; (c) succión oral-nasal; (d) drenaje torácico; y (e) aspiración uterina. 1.3 Los valores dados en unidades SI (métricas) son el estándar. Los valores entre paréntesis son sólo para información.