Esta especificación se aplica a los aparatos eléctricos domésticos de cocina destinados al funcionamiento eléctrico mediante corriente continua o alterna de baja o media tensión. Se aplicará a aparatos tales como cocinas eléctricas, hornos, mesas de cocina, unidades de cocción con placa calefactora, unidades de caldera para parrilla, freidoras, sartenes, cocinas asadoras, cocinas tipo cacerola, máquinas para hacer pasteles, planchas de contacto y placas para tostar, planchas para gofres, vapor a presión. cocinas, calentadores de platos y alimentos y parrillas; y a hervidores eléctricos, cafeteras eléctricas, calentadores de bebidas y otros aparatos destinados a calentar agua o bebidas, incluidas urnas eléctricas y cafeteras tipo urna que tengan una capacidad de menos de 1 galón o que, en funcionamiento normal, no contengan más de 1 galón. No se aplica a tostadoras de pan eléctricas, calentadores de inmersión portátiles ni jarras eléctricas.
AS C172:1963 Historia
1963AS C172:1963 Especificación de aprobación y prueba para aparatos de cocina eléctricos domésticos.