0300253-2011
Identificación de entidades de ubicación para el intercambio de información

Estándar No.
0300253-2011
Fecha de publicación
2011
Organización
ATIS - Alliance for Telecommunications Industry Solutions
Alcance
ALCANCE Y PROPÓSITO Esta norma está destinada a uso general para proporcionar un método común de identificación de entidades de ubicación@ con el fin de ayudar a garantizar el intercambio y la interpretación inequívocos de la información. El código descrito en este estándar está destinado a ser utilizado para el intercambio de información entre humanos@ entre humanos y máquinas@ y entre máquinas. Si bien el alcance previsto de esta norma es la identificación de ubicaciones en América del Norte, el código tal como se define puede aplicarse a entidades de ubicación en otros países y a designaciones únicas (por ejemplo, satélites y océanos). Las cláusulas 5 y 6 de esta norma describen el formato y la estructura de un código que se utilizará para la identificación de las siguientes entidades de ubicación: ? Sitios de red (por ejemplo, ubicaciones de conmutación de oficinas centrales); ? Entidades de red dentro de sitios de red (por ejemplo, clasificaciones de conmutación de oficinas centrales, puntos de interconexión de red, etc.); ? Sitios de soporte de red (por ejemplo, @ punto de empalme); y ? Sitios de clientes (por ejemplo, @ ubicación del cliente). En el Anexo A se muestran ejemplos de la aplicación de esta norma. Las subcláusulas 7.1 y 7.2 de esta norma establecen códigos utilizados para identificar de forma única ubicaciones geográficas. Las ubicaciones geográficas que pueden identificarse con este código incluyen lugares poblados nombrados@ áreas geográficas@ áreas periféricas@ y otras entidades relacionadas de los estados o territorios de los Estados Unidos@ provincias y territorios de Canadá@ otros países del mundo@ y designaciones únicas. En el Anexo B se muestran ejemplos de códigos de ubicación geográfica. Estos códigos de ubicación geográfica están destinados principalmente a combinarse con otros elementos de datos@ como los definidos en 5.3@ 5.4@ 5.5@ y 5.6@ para proporcionar una identificación única de entidades de ubicación específicas. La cláusula 7 especifica directrices para la asignación de códigos. Las funciones de un agente de mantenimiento para la asignación de códigos de ubicación se especifican en la cláusula 8.



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