PH01-2016
Manual del profesional de AASHTO: mantenimiento de un archivo de proyecto y preparación de un registro administrativo para un estudio NEPA (Revisión 2)

Estándar No.
PH01-2016
Fecha de publicación
2016
Organización
AASHTO - American Association of State Highway and Transportation Officials
Alcance
Descripción general Este manual para profesionales proporciona consejos para mantener el archivo del proyecto durante el proceso de la Ley de Política Ambiental Nacional (NEPA) y para compilar el registro administrativo en caso de que se presente una demanda que cuestione las decisiones tomadas en el proceso NEPA.1 El manual es destinado principalmente a proyectos en los que la agencia federal principal es la Administración Federal de Carreteras (FHWA)@ la Administración Federal de Tránsito (FTA)@ o la Administración Federal de Ferrocarriles (FRA)@ y el patrocinador del proyecto es un departamento estatal de transporte (DOT)@ agencia de transporte público@ u otra agencia pública estatal o local. Mantener un archivo de proyecto preciso y actualizado es una tarea importante en cualquier estudio de la NEPA@, independientemente de si se anticipa un litigio. Un archivo de proyecto bien mantenido reduce la ineficiencia y la duplicación de esfuerzos@ al mismo tiempo que reduce el riesgo de pasar por alto información. También permite a una agencia responder con prontitud a las solicitudes de documentos en virtud de la Ley de Libertad de Información (FOIA) y leyes estatales de registros públicos similares. Cuando se presenta una demanda impugnando la decisión de una agencia federal@, la agencia debe compilar y presentar su registro administrativo@ que consta de todos los documentos y materiales que la agencia ??directa o indirectamente?? considerado al tomar su decisión. El tribunal debe basar su revisión de la decisión de la agencia en la información contenida en el expediente administrativo. Un historial sólido y completo mejora en gran medida la capacidad de una agencia para defender su decisión; un registro débil o incompleto afecta negativamente la defendibilidad de la decisión de la agencia. Legalmente@ la responsabilidad de compilar el registro administrativo recae en la agencia federal cuya decisión ha sido impugnada.2 Si dos o más agencias federales otorgaron aprobaciones para el proyecto@ cada una de esas agencias podría ser nombrada como demandada@ y cada agencia entonces necesitaría elaborar su propio registro administrativo. El patrocinador del proyecto normalmente trabaja en colaboración con la agencia federal principal para preparar el registro. Cuando un DOT estatal ha asumido las responsabilidades de la FHWA u otra agencia del Departamento de Transporte de EE. UU. (DOT de EE. UU.) bajo un programa de asignación, el DOT estatal es esencialmente la agencia federal para los fines del litigio y, por lo tanto, es directamente responsable de preparar el registro administrativo. Dado que el proceso NEPA suele ser largo y complejo@, no es raro que el registro administrativo en un caso NEPA incluya decenas (o incluso cientos) de miles de páginas. Por esa razón, compilar el registro administrativo requiere un esfuerzo sustancial por parte del personal del programa y los abogados de la agencia. La mejor manera de acelerar la preparación del registro administrativo es mantener un archivo de proyecto preciso y actualizado durante todo el proceso NEPA. En este Manual@ el término ??archivo de proyecto?? se refiere a los archivos mantenidos por el equipo del proyecto durante el proceso NEPA@ mientras que el término ??registro administrativo?? se refiere a los documentos que realmente presenta una agencia al tribunal en una demanda NEPA. 1 El término ??proceso NEPA?? se utiliza en este manual para referirse a un proceso que incluye el cumplimiento de la NEPA y otras leyes (no solo la propia NEPA). 2 ¿El término "agencia líder federal"? se utiliza en este manual para referirse a la agencia o agencias federales que actúan como agencias líderes o codirectoras en la preparación de un documento NEPA. También incluye estados que han asumido responsabilidades del DOT de EE. UU. bajo un programa de asignación NEPA (23 USC 326 o 327).



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