1. Alcance 1.1 Esta norma se aplica a las máquinas lavavajillas domésticas, tanto conectadas por cable como permanentemente, diseñadas para usarse en ubicaciones no peligrosas de acuerdo con las reglas del Código Eléctrico Canadiense, Parte I, en circuitos que tienen un voltaje nominal que no excede 250 V. Nota: Sólo por conveniencia, aquí se utilizan los términos más cortos "lavavajillas" y "máquinas". 1.2 Esta Norma no se aplica a las máquinas lavavajillas comerciales.