REPORT BS.2037-2004
Evaluación de campos de sistemas de transmisión de radiodifusión terrestre que funcionan en cualquier banda de frecuencia para evaluar la exposición a radiaciones no ionizantes.

Estándar No.
REPORT BS.2037-2004
Fecha de publicación
2004
Organización
ITU-R - International Telecommunication Union/ITU Radiocommunication Sector
Alcance
Introducción Durante muchos años se ha considerado el tema de los efectos de la radiación electromagnética y se ha intentado cuantificar límites particulares que podrían usarse para proteger a los humanos de efectos indeseables. Los estudios realizados en muchos países por diferentes agencias han dado como resultado diversas regulaciones administrativas. Es digno de mención y comprensible que de todos los esfuerzos realizados en este sentido no haya surgido ninguna norma única. Este Informe tiene como objetivo proporcionar una base única para la derivación y estimación de los valores de la radiación electromagnética de una estación de radiodifusión que se produce a distancias particulares del sitio del transmisor. Utilizando esa información, los organismos responsables pueden desarrollar normas apropiadas que puedan utilizarse para proteger a los seres humanos de la exposición no deseada a radiaciones nocivas. Los valores reales que se aplicarán en cualquier regulación dependerán naturalmente de las decisiones adoptadas por los organismos sanitarios responsables, tanto a nivel nacional como mundial. Cabe señalar que este Informe UIT-R y las Recomendaciones UIT-T cubren material similar@ pero con énfasis en diferentes aspectos del mismo tema general. Por ejemplo, las Recomendaciones UIT-T K.51 (Orientación sobre el cumplimiento de circuitos para la respuesta humana a campos electromagnéticos) y K.61 (Orientación para la medición y predicción numérica de campos electromagnéticos para el cumplimiento de los límites humanos para instalaciones de telecomunicaciones) proporcionan orientación sobre el cumplimiento. con límites de exposición para sistemas de telecomunicaciones. La información de referencia adecuada se incluye en el Apéndice 6.



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