1.1 Esta práctica recomendada de SAE describe un sistema de numeración unificado (UNS) para metales y aleaciones que tienen una "posición comercial" (ver 6.1), y cubre el procedimiento mediante el cual se asignan dichos números. En el apartado 2 se describe el sistema de designaciones alfanuméricas o "números" establecido para cada familia de metales y aleaciones. La Sección 3 describe la organización establecida para administrar el sistema. En la sección 4 se describe el procedimiento para solicitar la asignación de números a metales y aleaciones a los que no se les ha asignado previamente números UNS.
1.2 El SNU proporciona un medio para correlacionar muchos sistemas de numeración utilizados a nivel nacional actualmente administrados por sociedades, asociaciones comerciales y usuarios y productores individuales de metales y aleaciones, evitando así la confusión causada por el uso de más de un número de identificación para el mismo material; y por la situación contraria de tener asignado el mismo número a dos o más materiales enteramente diferentes. Proporciona, también, la uniformidad necesaria para una indexación, mantenimiento de registros, almacenamiento y recuperación de datos y referencias cruzadas eficientes.
1.3 Un número UNS no es en sí mismo una especificación, ya que no establece requisitos de forma, condición, calidad, etc. Es una identificación unificada de metales y aleaciones para los cuales se han establecido límites de control en especificaciones publicadas en otro lugar. (Ver 6.2.)