TIA-4950-2012
Requisitos para aplicaciones de radio móvil terrestre portátil alimentadas por baterías@ en ubicaciones peligrosas (clasificadas) Clase I@ II@ y III@ División 1@

Estándar No.
TIA-4950-2012
Fecha de publicación
2012
Organización
TIA - Telecommunications Industry Association
Alcance
Esta norma se aplica a: a) Aparatos o partes de aparatos en ubicaciones Clase I@ II@ o III@ División 1. Nota: La Sección 500-8(B)(2) del Código Eléctrico Nacional@ ANSI/NFPA 70@ establece que el equipo que ha sido aprobado para una ubicación de División 1 se permitirá en una ubicación de División 2 de la misma clase y grupo. b) Aquellas partes de aparatos ubicados fuera de la ubicación Clase I@ II@ o III@ División 1 que tengan un diseño y construcción que puedan influir en la seguridad intrínseca de un circuito eléctrico dentro de la ubicación Clase I@ II@ o III@ División 1; c) Aparatos o partes de aparatos en ubicaciones Clase I@ Zona 0 o 1@ Grupos IIA@ IIB@ y IIC; d) Aquellas partes de aparatos ubicados fuera de la ubicación Clase I@ Zona 0 y 1@ Grupos IIA@ IIB@ o IIC que tengan un diseño y construcción que puedan influir en la seguridad intrínseca de un circuito eléctrico dentro de la Clase I@ Zona 0 y 1 @ Ubicación del Grupo IIA@ IIB@ o IIC. Estos requisitos se basan en la consideración de la ignición en lugares que se vuelven peligrosos por la presencia de material inflamable o combustible en condiciones atmosféricas normales. Para los propósitos de esta norma, se consideran condiciones atmosféricas normales: Una temperatura ambiente de 40°(104°C); Una concentración de oxígeno no mayor al 21 por ciento; y Una presión de una atmósfera. Esta norma no cubre los mecanismos de Ignición por fuentes externas@ como electricidad estática o rayos@ que no están relacionadas con las características eléctricas del aparato. Esta norma no cubre aparatos basados en principios electrostáticos de alto voltaje@ como aparatos de pulverización de pintura electrostática. Propósito El propósito de esta norma es proporcionar requisitos para la construcción y prueba de aparatos eléctricos@ o partes de dichos aparatos@ que tengan circuitos que no sean capaces de causar ignición en ubicaciones peligrosas de División 1 como se define en el Artículo 500.5 del Código Eléctrico Nacional@ ANSI/NFPA 70 - 1987 Esta norma no debe considerarse un manual de instrucciones para personas no capacitadas. Su objetivo es promover la uniformidad de la práctica entre aquellos expertos en el campo de la seguridad intrínseca.



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