CAN/CSA-E730-2-5-1994(R2013) Controles eléctricos automáticos para uso doméstico y similar. Parte 2: Requisitos particulares para los sistemas eléctricos automáticos de control de quemadores.
Esta norma nacional canadiense se basa en el Estándar Internacional CEI/IEC 730-2-5:1990 (primera edición). 1. Scope Esta cláusula de la parte 1 se reemplaza como sigue: 1.1 Este estándar se aplica a sistemas de control eléctrico automático de quemadores para el control automático de los quemadores para aceite, gas, carbón u otros combustibles para uso doméstico y similares, incluyendo calefacción, aire acondicionado y usos similares. Los sistemas de control de quemadores que utilizan supervisión térmica del chispa no están cubiertos por este estándar. 1.1.1 Este estándar se aplica a la seguridad inherente, a los valores operativos declarados por el fabricante, tiempos y secuencias operativas donde estos estén asociados con la seguridad del quemador y al ensayo de sistemas de control eléctrico automático de quemadores utilizados en, sobre o en asociación con quemadores. Los requisitos para valores operativos específicos, tiempos y secuencias operativas se dan en los estándares para electrodomésticos y equipos. Los controles eléctricos automáticos para equipos no destinados a uso doméstico normal pero que aún pueden ser utilizados por el público, como equipos destinados a ser usados por personas sin formación en tiendas, industria ligera y granjas, están dentro del alcance de este estándar. Este estándar no se aplica a controles eléctricos automáticos diseñados exclusivamente para aplicaciones industriales. 1.1.2 Este estándar se aplica a los controles manuales cuando estos sean integralmente eléctricos y/o mecánicos con respecto a los controles automáticos. También se aplica a controles que incorporan partes electrónicas. Los requisitos para interruptores manuales no formando parte de un control automático están contenidos en la publicación IEC 328. Los transformadores individuales de encendido no están cubiertos por este estándar (fuera del alcance de SC 14D). A lo largo de todo este estándar, la palabra "equipo" significa "electrodoméstico y equipo". 1.2 Este estándar se aplica a los controles con un voltaje nominal no superior a 660 V y un corriente nominal no superior a 63 A.