Esta norma especifica los requisitos y proporciona orientación para la selección, especificación de diseño, descripción mecánica, operación, mantenimiento y procedimientos de prueba para equipos de control de NOx de postcombustión y sistemas y componentes mecánicos relacionados utilizados para equipos encendidos en servicios petroquímicos y de refinería general. Este documento cubre los siguientes métodos de reducción de NOx de postcombustión para aplicaciones nuevas y de modernización: Reducción no catalítica selectiva (SNCR) y Reducción catalítica selectiva (SCR). Esta norma está destinada principalmente a la aplicación directa a calentadores de proceso encendidos, reformadores y calderas industriales y de energía utilizadas en servicios petroquímicos y de refinería general. Las mismas tecnologías y sistemas fundamentales de control de NOx también se pueden aplicar a unidades de craqueo catalítico de fluidos (FCCU), incineradores, escape de turbinas de gas y otros sistemas de proceso de gases de escape; sin embargo, los SCR pueden requerir consideraciones adicionales más allá del alcance de esta norma para abordar aspectos únicos como alto contenido de partículas y químicos corrosivos en la corriente de gas de combustión. Este documento no cubre: formación reducida de NOx a través de controles de combustión y técnicas de diseño como quemadores de bajo NOx, recirculación de gases de combustión (FGR) y combustión por etapas; o reducción catalítica no selectiva (NSCR) para el control de NOx y otras emisiones contaminantes. Para obtener más orientación sobre la selección del proceso de control de NOx posterior a la combustión y la aplicación de sistemas SNCR y SCR, consulte el Anexo A. Para obtener más orientación sobre la descripción del proceso de las tecnologías y sistemas SNCR y SCR, consulte el Anexo B y el Anexo C respectivamente. Para obtener más orientación sobre los sistemas de control e inyección de distribución de almacenamiento de reactivos y consideraciones generales de diseño, incluidas las decisiones del comprador para sistemas SNCR y SCR, consulte el Anexo D y el Anexo E respectivamente.