CAN/CSA-S826.1-01
Instalaciones para el Embarque en Cruceros - Diseño 1. Alcance 1.1
Esta Norma especifica requisitos que son consistentes con la práctica actual para el diseño de nuevas instalaciones de embarque o la sustitución de instalaciones existentes, incluyendo:
(a) rampas y estructuras de soporte para vehículos y pasajeros a pié;
(b) interfaces de acceso entre la orilla/rampa y la rampa/crucero; y
(c) sistemas de operación.
Nota: Las instalaciones existentes están exentas de esta Norma hasta que se realicen modificaciones estructurales, mecánicas o eléctricas importantes. 1.2
Las disposiciones de esta Norma se aplican a rampas para instalaciones de un solo nivel y multilvl con una conexión basada en la orilla y condiciones al extremo marino de acuerdo con uno de los siguientes:
(a) el extremo marino de la rampa está soportado por estructuras conectadas a la orilla, y el paso a los patios del crucero (crucero) se logra mediante un apronte adjunto a la embarcación o a la rampa;
(b) el extremo marino de la rampa está soportado por la embarcación durante el tiempo de carga y descarga. El apoyo en otros momentos se proporciona por estructuras fijas o flotantes conectadas a la orilla; o
(c) el extremo marino de la rampa está soportado por una estructura flotante en todo momento.
Nota: Los Apéndices A y B contienen información e ilustraciones sobre la geometría y los sistemas de apoyo de las rampas. 1.3
Esta Norma establece requisitos específicos para dos condiciones de operación:
(a) Condición I, en la cual se ajusta solo la rampa cuando está completamente libre de tráfico vehicular o peatonal; y
(b) Condición II, en la que se ajusta la rampa con carga viva completa. 1.4
Los cargos de diseño para los vehículos se basan en las especificaciones del tráfico de carretera listadas en el Estándar CAN/CSA-S6 y en los límites de carga de carretera provinciales. Para los vehículos a los que no se aplican estos Estándares, pueden aplicarse los principios de diseño al cargamento real del vehículo. 1.5
Esta Norma no incluye disposiciones para el diseño de estructuras adyacentes al muelle, puentes temporales o berceo.