Alcance 1.1 General Esta norma contiene requisitos para el material, diseño, fabricación, marcado y prueba de contenedores tipo HGV2 recargables, producidos en serie, destinados únicamente al almacenamiento de gas hidrógeno comprimido para la operación de vehículos de carretera. Estos contenedores: a) deben estar permanentemente sujetos al vehículo b) tienen una capacidad de hasta 1 000 litros (35,4 pies3) de agua c) tienen una presión nominal de trabajo que no excede los 70 MPa 1.2 Construcción o materiales alternativos La construcción de los contenedores, ya sea que estén específicamente cubiertos por las diversas disposiciones de esta Norma o no, debe estar de acuerdo con conceptos razonables de seguridad, desempeño y durabilidad. Todas las especificaciones de construcción establecidas en este documento deben ser satisfechas por la construcción realmente prescrita o por cualquier otra construcción que proporcione al menos un rendimiento equivalente.