CAN/ULC-S660-08
NORMA PARA TUBERÍAS SUBTERRÁNEAS NO METÁLICAS PARA LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES

Estándar No.
CAN/ULC-S660-08
Fecha de publicación
2008
Organización
Underwriter Laboratories of Canada (ULC)
 

Alcance
1. ALCANCE 1.1 Esta norma establece los requisitos mínimos para portadores primarios, contención secundaria, primaria/secundaria integral, ventilación normal y recuperación de vapor, tuberías, accesorios y sistemas (productos) no metálicos destinados a uso subterráneo para la distribución de combustibles e inflamables a base de petróleo. líquidos, alcoholes y combustibles mezclados con alcohol como se identifican en este documento. 1.2 Para efectos de esta Norma, se entiende por líquidos inflamables y combustibles gasolina, fueloil, queroseno y combustible diesel, incluyendo gasolina con pequeñas cantidades de aditivos como detergentes, solventes para detergentes y productos químicos anticongelantes; diésel con hasta un 5% de biodiesel y gasolina con hasta un 15% de etanol o metil terbutil éter (MTBE). 1.3 Los productos cubiertos por esta Norma están destinados a ser instalados y utilizados de acuerdo con, entre otros, los siguientes documentos: Código Nacional de Incendios de Canadá; B CSA B139, Código de instalación para equipos que queman petróleo; C Código de prácticas ambientales del CCME para sistemas de tanques de almacenamiento subterráneos y aéreos que contienen petróleo y productos derivados del petróleo; y D Reglamentos de la autoridad competente que tenga jurisdicción. 1.4 Esta norma cubre tuberías de plástico termoplástico (flexible) y termoestable (rígido) no metálico con accesorios proporcionados por el fabricante para uso subterráneo únicamente. Los productos cubiertos por esta Norma han sido evaluados para su montaje en aplicaciones normales en suelos por personas calificadas de acuerdo con las instrucciones del fabricante. 1.5 Los productos cubiertos por esta Norma no han sido evaluados para aplicaciones en sumideros [a más de 300 mm de la pared del sumidero], como tubería conectora (entre la tubería subterránea y el dispositivo dispensador), uso aéreo o marino, u otras aplicaciones que excedan temperaturas ambiente de 23 °C.
NORMA PARA TUBERÍAS SUBTERRÁNEAS NO METÁLICAS PARA LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES

estándares y especificaciones




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