1. Las mallas de acero tienen aplicación en estructuras solicitadas por cargas preponderantemente fijas, como ser losas, depósitos, muros de edificios, muros de sostenimiento y fundaciones; armaduras en super ficies extensas, como ser calzadas, piscinas, armaduras para absorber tensiones de retracción de fraguado, elementos prefabricadas, etc. Las mallas podrán emplearse también en aquellos elementos de puentes que estén solicitados por cargas preponderantemente fijas. 2. Las mallas no serán aplicables en tableros de puentes, tribunas sin asientos fijos, patios de tránsito de vehículos, etc - , en que las cargas tengan carácter preponderantemente dinámico. 3. Las mallas podrán emplearse en elementos solicitadas por acciones sísmicas, manteniéndose las restricciones indicadas en el inciso anterior .