2.1. Las prescripciones de la presente norma se aplicarán en general a los productos enimerados en 1.1. 2.2. Para gasolina natural regírán las prescripciones especiales indicadas en 5.1. ... 5.3.. iunto con las prescripciones generales, si estas últimas no se contraponen a las primeras. 2.3. La destilación de los solventes se podrá efectuar siguiendo las prescripciones generales enumeradas en 4.1. ... 4.8,6., pero se aplicarán con preferencia las prescripciones espaciales indicadas en 6,1. ... 6.8.2., iunto con las prescripciones generales si estas últimas no 3e contraponen a las primeras.