Esta norma se aplica a los aisladores huecos fabricados en material cerámico, con sus dispositivos de fijación, destinados a ser utilizados con una presión permanente de gas superior a 0,5 bar y que tengan un volumen interno igual o superior a 1 litro (1000 cm3). Están destinados a su uso en equipos eléctricos que funcionan con corriente alterna con una tensión nominal superior a 1000 V y una frecuencia no superior a 100 Hz o para su uso en equipos de corriente continua con una tensión nominal superior a 1500 V. Los aisladores huecos cubiertos por este Estándar consisten en cuerpos aislantes huecos, abiertos de extremo a extremo, con o sin caladas. Nota 1: El gas puede ser: aire seco. gases inertes, por ejemplo hexafluoruro de azufre o nitrógeno o una mezcla de dichos gases. Nota 2: Los aisladores huecos están destinados a su uso en equipos eléctricos, por ejemplo:
——Disyuntores, - Interruptores-seccionadores, - Seccionadores. - Seccionadores de puesta a tierra, - Transformadores de instrumentos. - Pararrayos. - Casquillos, - Extremos de sellado de cables. Esta norma complementa, y modifica si es necesario, la HD 329 (IEC 233) que se aplica al cuerpo de los aisladores huecos.