SIS SS-EN 10 083-1-1991
Aceros para templado y revenido. Parte 1: Condiciones técnicas de entrega de aceros especiales.

Estándar No.
SIS SS-EN 10 083-1-1991
Fecha de publicación
1991
Organización
SE-SIS
Alcance
1.1 Esta norma europea establece los requisitos técnicos de entrega para:  ——productos semiacabados, formados en caliente, por ejemplo, biomasas, palanquillas, desbastes (véanse las notas 3 y 4) - barras (véase la nota 3) - varillas - láminas anchas - calientes o láminas/placas y tiras laminadas en frío: piezas forjadas con martillo y por goteo (ver nota 3) fabricadas a partir de aceros aleados o no aleados de endurecimiento directo (ver nota 5) enumerados en la tabla 3 y suministrados en una de las condiciones de tratamiento térmico dadas para el diferentes tipos de productos en la tabla 1, líneas 2 a 7 y en una de las condiciones superficiales dadas en la tabla 2. Los aceros están destinados en general a la fabricación de piezas de máquinas templadas y revenidas o austempladas (ver nota 2), pero son parcialmente (ver tabla 10) también se utiliza en la condición normalizada. Los requisitos para las propiedades mecánicas dados en esta norma europea están restringidos a los tamaños de las tablas 9 y 10. NOTA 1 EURONORMAS relativas a aceros que cumplen con los requisitos para las composiciones químicas de la tabla 3 pero que se suministran en otras formas de producto o condiciones de tratamiento distintas a las indicado anteriormente o están destinados a aplicaciones especiales, y las EURONORMAS para grados de acero similares se enumeran en el anexo C. NOTA 2 Para fines de simplificación, el término "templado y revenido", a menos que se indique lo contrario, también se utiliza para la condición austemplada. NOTA 3 Los productos semiacabados forjados con martillo (biooms, palanquillas, desbastes, etc.) y las barras forjadas con martillo se incluyen dentro de los productos semiacabados o barras y no bajo el término "forjas con martillo y por goteo". NOTA 4 Se deberán celebrar acuerdos especiales cuando se soliciten productos semiacabados de colada continua y sin deformaciones. NOTA 5 De acuerdo con la Norma EN 10 020, los aceros cubiertos por esta Norma Europea son aceros especiales. Los aceros de calidad no aleados están normalizados en la norma EN 10 083-2. Las diferencias entre aceros especiales y aceros de calidad son:  ——los valores mínimos de impacto en condiciones de templado y revenido (para aceros especiales no aleados sólo en el caso de porcentajes medios en masa de carbono < 0,50%), - valores limitantes de templabilidad en el ensayo de Jominy (para aceros especiales no aleados únicamente en el caso de porcentajes en masa de carbono > 0,30%), — contenido limitado de inclusiones oxídicas, — contenidos máximos más bajos para el fósforo y el azufre fundidos. NOTA 6 Se está preparando una norma sobre aceros al boro para templado y revenido como Parte 3 de EN 10 083. 1.2 En casos especiales, las variaciones en estos requisitos técnicos de entrega o las adiciones a ellos pueden ser objeto de un acuerdo en el momento de la consulta y el pedido. (ver anexo B). 1.3 Además de las especificaciones de esta Norma Europea, son aplicables los requisitos técnicos generales de entrega de la EURONORM 21, a menos que se especifique lo contrario.



© 2023 Reservados todos los derechos.