UNE 58-442-1989
Carretillas de manutenciónautomotorasREGLAS PARA LA FABRICACI?NY SITUACI?N DE LOS PEDALES

Estándar No.
UNE 58-442-1989
Fecha de publicación
1989
Organización
ES-AENOR
Alcance
Esta norma fija las condiciones para los pedales utilizados en la traslación y el frenado de las carretillas automotoras definidas en el punto siguiente. Estas carretillas pueden llevar otros pedales para funciones auxiliares; su localización no se contempla en esta norma, pero debe ser tal que no interfiera la utilización de los pedales que son objeto de este texto. Esta norma se aplica a las carretillas de manutención automotoras; con conductor sentado, cuya capacidad no exceda de 10 000 kg y a los tractores cuyo esfuerzo al gancho sea inferiora 20 000 newtons. En esta norma, se entiende por carretilla automotora de manutención, todo vehículo de ruedas, excepto los que circulan sobre railes, destinado a transportar, arrastrar, empujar, elevar, apilar o almacenar en estanterías, cargas de cualquier tipo; mandado por un operador situado en el mismo vehículo en un puesto de mando no elevable.



© 2024 Reservados todos los derechos.