La unidad de tarifa para un determinado servicio internacional es la tarifa de una llamada ordinaria a una estación privada de un minuto de duración, establecida durante el período de mucho tráfico. La tarifa mínima para una llamada en funcionamiento manual o semiautomático es normalmente de una unidad de tarifa. Las Administraciones podrán, de acuerdo con su política nacional, imponer un número mínimo superior de unidades de tasa. Para recuperar los costes de asistencia del operador, las Administraciones podrán imponer una tasa adicional por llamada, cuyo nivel es de competencia nacional.