Esta Norma se refiere a los contenedores de polietileno de capacidad no superior a 25 litros, destinados al almacenamiento temporal de queroseno. La norma no se aplica a los contenedores que forman parte de vehículos, o que están fijados a edificios, etc. Los contenedores que tengan un porcentaje de capacidad de hasta 2 litros inclusive también deberán cumplir con los requisitos especiales establecidos en SI639.