La Recomendación E.131 del CCITT describe, en forma de esquemas de código, tres procedimientos de control de abonado para servicios telefónicos suplementarios. Para evitar una proliferación indeseable de diferentes tipos de procedimientos de control, recomienda que las Administraciones que deseen poner servicios telefónicos suplementarios a disposición de sus abonados elijan uno de los tres esquemas de códigos.