Un calendario para el mantenimiento rutinario de los circuitos internacionales de telefonía pública que unen dos países cualesquiera (incluidos los circuitos telefónicos del Sistema de Señalización N.° 6) se establece mediante acuerdo bilateral entre los servicios técnicos1) de los países interesados. La programación de las pruebas que se realizarán dentro del horario acordado es responsabilidad de cada Administración. Corresponde a las estaciones directoras de circuito garantizar que las rutinas se realicen dentro del cronograma acordado, excepto lo permitido en el § 2.5 siguiente.