El CCIR, considerando que una radiación excesiva hacia la ionosfera puede dar lugar a una modulación cruzada ionosférica y, por tanto, a interferencias perjudiciales, recomienda unánimemente que la radiación máxima permitida en cualquier ángulo de elevación sea tal que las molestias debidas a la modulación cruzada ionosférica no superen lo acordado. para la interferencia cocanal (véase la Recomendación 560).