El CCIR considerando: a) que la sobrecarga de las bandas de ondas decamétricas es bien conocida; b) que el Artículo 17, No.1751, del Reglamento de Radiocomunicaciones, establece: “…su número (de frecuencias) deberá ser el mínimo necesario para proporcionar una recepción satisfactoria del programa particular en cada una de las áreas a las que está destinado. .”; C ) que la CAMR “2-87 reconoció que la sincronización de transmisores es una técnica aceptada para mejorar el uso eficiente del espectro.