ITU-T R.120 FRENCH-1988 LÍMITES TOLERABLES PARA EL GRADO DE DISTORSIÓN ISOCRÓNICA DE CIRCUITOS TELEGRÁFICOS INDEPENDIENTES DE CÓDIGO QUE FUNCIONAN A VELOCIDADES DE MODULACIÓN DE 75, 100 Y 200 BAUDOS
El CCITT, considerando que, para facilitar el estudio de los planes para el establecimiento de circuitos telegráficos internacionales, conviene fijar límites al grado de distorsión isócrona de los circuitos y canales telegráficos; que, para cualesquiera que sean los fines normalmente utilizados, estos circuitos deberían poder utilizarse con equipos arrítmicos; que, hasta que se establezcan normas detalladas de planificación de la transmisión para las secciones troncales de los circuitos telegráficos internacionales que funcionan a velocidades de modulación de 75, 100 y 200 baudios, los límites de distorsión que se mencionan a continuación deben considerarse normas provisionales.