La Asamblea de Radiocomunicaciones de la UIT considerando a) que el Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) especifica tres “regiones de radiocomunicaciones” (RR Nos. 392 a 399); b) que, entre las tres Regiones, existen muchas diferencias en los servicios atribuidos y en los límites de las bandas atribuidas; c) que las atribuciones mundiales pueden: simplificar el Cuadro de atribución de frecuencias; facilitar los requisitos de coordinación; promover la disponibilidad de equipos para los mercados internacionales y reducir los costos de producción, ayudando así a satisfacer las necesidades de los países en desarrollo en particular; facilitar actividades que dependen de equipos operables internacionalmente (es decir, control del tráfico aéreo); d) que es necesario delinear los factores a considerar al evaluar la necesidad de una atribución mundial versus atribuciones regionales separadas en una gama de frecuencias específica.