Tan pronto como se decida poner en funcionamiento un nuevo circuito, los servicios técnicos de los países terminales deberían acordar la estación directora del circuito, y el servicio técnico de cada país de tránsito debería comunicar a los demás servicios técnicos interesados el nombre del sub. -estación directora elegida para su territorio. Si el circuito está encaminado en un grupo o bloque directo que cruza un país de tránsito sin demodulación ni demultiplexación, no es necesario proporcionar ninguna estación subdirectora para el país de tránsito. Cuando un circuito está sujeto a conexiones analógicas a -conversión digital utilizando, por ejemplo, un transmultiplexor; la ubicación del transmultiplexor debería designarse como estación subdirectora del circuito.