2014/30/EU-2014 DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de compatibilidad electromagnética (refundición) ((Texto pertinente a efectos del EEE))
Esta directiva regula la compatibilidad electromagnética (CEM) de los equipos. Su objetivo es garantizar la funcionalidad del mercado interior exigiendo que los equipos cumplan con los niveles de CEM adecuados. Esta directiva se aplica a los equipos definidos en la Sección 3 de la misma. Esta directiva no se aplica a: a) los equipos regidos por la Directiva 1999/5/CE; b) los productos, componentes y equipos aeroespaciales; c) los equipos de radio utilizados por radioaficionados, salvo que estén disponibles comercialmente; d) los equipos cuyas características físicas inherentes les impiden generar o contribuir a emisiones electromagnéticas que superen un nivel que permita el funcionamiento previsto de los equipos de radio y telecomunicaciones y otros equipos; y ii) los equipos que funcionan sin una degradación inaceptable en presencia de la perturbación electromagnética normalmente resultante de su uso previsto; y e) los kits de evaluación personalizados destinados exclusivamente al uso por profesionales en centros de investigación y desarrollo.