CFR 26-1.168(i)-7-2013
Ingreso interno. Parte 1: Impuestos sobre la renta (continuación). Sección 1.168(i)–7: Contabilización de la propiedad de macr.

Estándar No.
CFR 26-1.168(i)-7-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Alcance
(a) En general. Un contribuyente puede contabilizar la propiedad MACRS (como se define en § 1.168(b)–1(a)(2)) tratando cada activo individual como una cuenta (una "cuenta de activo único" o una "cuenta de artículo") o combinando dos o más activos en una sola cuenta (una "cuenta de activos múltiples" o un "grupo"). Un contribuyente puede establecer tantas cuentas para propiedades MACRS como desee. Esta sección no se aplica a los activos incluidos en las cuentas generales de activos. Para conocer las reglas aplicables a las cuentas de activos generales, consulte § 1.168(i)–1, § 1.168(i)–1T, o Prop. Reg. § 1.168(i)–1 (19 de septiembre de 2013), según corresponda.



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