CFR 42-423.509-2014 Salud pública. Parte 423: Beneficio voluntario de medicamentos recetados de Medicare. Sección 423.509: Rescisión del contrato por parte de CMS.
(a) Terminación por parte de CMS. CMS puede rescindir un contrato en cualquier momento si determina que el patrocinador del plan de la Parte D cumple con cualquiera de los siguientes requisitos:
CFR 42-423.509-2014 Historia
2014CFR 42-423.509-2014 Salud pública. Parte 423: Beneficio voluntario de medicamentos recetados de Medicare. Sección 423.509: Rescisión del contrato por parte de CMS.