CFR 46-97.10-5-2014
Envío. Parte 97: Operaciones. Sección 97.10–5: Personas excluidas.

Estándar No.
CFR 46-97.10-5-2014
Fecha de publicación
2014
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 46-97.10-5-2014
 

Alcance
Los capitanes y prácticos excluirán de la cabina del piloto y del puente de navegación, durante la navegación, a todas las personas que no estén relacionadas con la navegación del buque. Sin embargo, los oficiales autorizados de embarcaciones, las personas que participan regularmente en la capacitación, regulación, evaluación o aprendizaje de la profesión de piloto, los funcionarios de la Guardia Costera de los Estados Unidos, la Armada de los Estados Unidos, la Agencia Nacional de Inteligencia Geoespacial, el Servicio Nacional Oceánico, el Cuerpo de Infantería del Ejército de los Estados Unidos. Los ingenieros, la Administración Marítima y la Junta Nacional de Seguridad en el Transporte podrán estar autorizados en la cabina del piloto o en el puente de navegación bajo responsabilidad del capitán o práctico.

CFR 46-97.10-5-2014 Historia

  • 2014 CFR 46-97.10-5-2014 Envío. Parte 97: Operaciones. Sección 97.10–5: Personas excluidas.

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