Esta norma SAE se aplica a cargadores de ruedas y de orugas teniendo en cuenta únicamente la capacidad de elevación hidráulica y la capacidad de vuelco. Se reconoce que las condiciones operativas específicas pueden permitir cargas mayores o requerir cargas menores que la carga operativa nominal. Algunas condiciones podrían requerir una operación más cuidadosa o restringida con la carga operativa nominal. Esta norma no debe interpretarse como el establecimiento de procedimientos o condiciones de prueba. Propósito Esta norma SAE establece la definición de carga operativa nominal normal durante todo el día para cargadores según se define en SAE J1057.
SAE J818-2013 Historia
2013SAE J818-2013 Carga operativa nominal para cargadores