Estos requisitos se aplican a la construcción, rendimiento y operación de equipos destinados a ser utilizados en unidades y sistemas de alarma antirrobo patentados utilizados para proteger contra robos. Estos productos normalmente están destinados a uso en interiores. Un sistema de alarma antirrobo patentado al que se refieren estos requisitos es un sistema en el que se instalan circuitos y dispositivos de iniciación de alarma en una propiedad y se conectan directa o indirectamente a un equipo receptor monitoreado constantemente en una estación central de supervisión. La estación central de supervisión está ubicada en la propiedad protegida y está destinada a ser operada por personal responsable ante el propietario de la propiedad protegida. La propiedad protegida puede consistir en una sola propiedad o en propiedades no contiguas bajo un solo propietario. El sistema está dispuesto de manera que un cambio predeterminado en los circuitos o dispositivos de iniciación de alarma provoque automáticamente la transmisión de una señal de alarma a través de un canal de señalización supervisado a la estación central de supervisión. Estos sistemas normalmente operan dentro de los límites de los circuitos de señal y control remoto de Clase 2 según lo definido por el Artículo 725 del Código Eléctrico Nacional @ NFPA 70. El circuito de protección debe responder tanto a un aumento como a una disminución en la resistencia o corriente del circuito dentro del límites indicados en las secciones correspondientes de esta norma. Ver 58.3@ 62.2@ y 67.6. Un sistema que proporciona seguridad de línea puede clasificarse como seguridad de línea estándar o seguridad de línea cifrada. Consulte Equipo de seguridad de línea estándar @ Sección 71 @ y Equipo de seguridad de línea cifrada @ Sección 72. Los dispositivos de protección instalados en propiedades individuales se clasifican además según el grado de protección en cada ubicación. Los requisitos que cubren la instalación y clasificación (de alcance) de los equipos de protección de alarmas en ubicaciones individuales se publican en la Norma para la instalación y clasificación de sistemas de alarma contra robos y atracos @ UL 681 @, que está destinada a ser referenciada por los instaladores de alarmas contra robos. Las unidades y sistemas de alarma antirrobo patentados también están especialmente designados en cuanto a su uso previsto en locales mercantiles (cajas fuertes y bóvedas mercantiles) y cajas fuertes y bóvedas bancarias. Los equipos destinados a sistemas combinados de alarma antirrobo y señalización de protección contra incendios deben cumplir con los requisitos de la Norma para unidades de control y accesorios para sistemas de alarma contra incendios @ UL 864.
1995UL 1076-1995 Norma UL para sistemas y unidades de alarma antirrobo patentados de seguridad Quinta edición; Reimpresión con revisiones hasta el 21 de marzo de 2005 inclusive
1988UL 1076-1988 Unidades y sistemas de alarma antirrobo propios