Este código se aplica a las instalaciones eléctricas en caravanas y remolques de caravanas destinados a la conexión a sistemas de suministro de baja tensión (normalmente superiores a 32 voltios CA pero no superiores a 250 voltios CA), y a las instalaciones eléctricas en parques de caravanas que proporcionen instalaciones para dicha conexión. Este código no se aplica a cobertizos transportables ni a locales o estructuras temporales similares (por ejemplo, tranvías, autobuses, caravanas, etc. antiguos que quedan inmóviles por la eliminación de las ruedas), que constituyen locales fijos y deben tratarse como tales de acuerdo con la Parte 1 del Reglas de cableado SAA.
AS CC7:1966 Historia
1966AS CC7:1966 Código para instalaciones eléctricas en caravanas y parques de caravanas
1959AS CC7:1959 Código para instalaciones eléctricas en caravanas y parques de caravanas