Esta norma cubre los requisitos para motores de inducción bobinados para uso en aplicaciones petroleras de uso general@ y otras aplicaciones industriales de servicio severo. Estos motores: a. Tienen una potencia nominal de 250 hp (185 kW) a 3000 hp (2250 kW) para 4@ Velocidades de 6 y 8 polos. b. Tienen una potencia nominal inferior a 800 hp (600 kW) para motores de dos polos (3000 RPM o 3600 RPM) de construcción totalmente cerrada. c. Tienen una potencia nominal inferior a 1250 hp (930 kW) para dos motores de polos de gabinetes tipo WP II. d. Impulsan cargas centrífugas. e. Impulsan cargas que tienen valores de inercia dentro de los enumerados en NEMA MG 1 Parte 20. f. No son generadores de inducción. Nota: Motores más grandes que los cubiertos anteriormente y Los motores en otras aplicaciones deben especificarse de acuerdo con API Std 541.
API STD 547-2005 Historia
2017API STD 547-2017 Motores de inducción de jaula de ardilla bobinados de uso general: de 185 kW (250 hp) a 2240 kW (3000 hp) (SEGUNDA EDICIÓN; vigente a partir del 1 de noviembre de 2017)
2005API STD 547-2005 Motores de inducción de jaula de ardilla bobinados de uso general de 250 caballos de fuerza y más (primera edición)