PREN 334-2016
Reguladores de presión de gas para presiones de entrada hasta 100 bar

Estándar No.
PREN 334-2016
Fecha de publicación
2016
Organización
CEN - European Committee for Standardization
Ultima versión
PREN 334-2016
Alcance
Este documento especifica los requisitos constructivos@ funcionales@ de prueba@ marcado@ de tamaño y documentación de los reguladores de presión de gas: ?? para presiones de entrada hasta 100 bar y diámetros nominales hasta DN 400; ?? para un rango de temperatura de funcionamiento de ?C 20 ??a +60 ?? que funcionan con gases combustibles de la 1ª y 2ª familia definidos en EN 437@ utilizados en las estaciones reguladoras de presión según EN 12186 o EN 12279@ en redes de transporte y distribución y también en instalaciones comerciales e industriales. ??Reguladores de presión de gas?? en adelante se denominarán ??reguladores?? excepto en los títulos. Para reguladores estándar cuando se utilizan en estaciones reguladoras de presión que cumplen con EN 12186 o EN 12279@, el Anexo ZA enumera todos los requisitos esenciales de seguridad aplicables de la Directiva 2014/68/UE (PED). Este documento considera las siguientes clases de temperatura/tipos de reguladores: ?? Clase de temperatura 1: rango de temperatura de funcionamiento de ?10 ??a 60 ?? ?? Clase de temperatura 2: rango de temperatura de funcionamiento de ?20 ??a 60 ?? ?? tipo IS: (tipo de resistencia integral); ?? tipo DS: (tipo de fuerza diferencial). Este documento se aplica a los reguladores que utilizan el gas del gasoducto como fuente de energía de control sin la ayuda de ninguna fuente de energía externa. El regulador podrá incorporar un segundo regulador@ utilizado como monitor@ cumpliendo con los requisitos del presente documento. El regulador puede incorporar un dispositivo de cierre de seguridad (SSD) que cumpla con los requisitos de EN 14382. El regulador puede incorporar un dispositivo de alivio de fluencia (ventilación) @ que cumpla con los requisitos del Anexo E y/o un limitador de ventilación @ que cumpla con los requisitos en el Anexo I. Los reguladores que cumplan con los requisitos de este documento podrán ser declarados conformes con la norma EN 334?. y llevar la marca ??EN 334??. Este documento no se aplica a: ?? reguladores situados delante/sobre/en los aparatos domésticos que consumen gas y que se instalan detrás de los contadores de gas doméstico; ?? reguladores diseñados para ser incorporados en sistemas de control de presión utilizados en líneas de servicio1 con caudal volumétrico 200 m3/h en condiciones normales y presión de entrada 5 bar; ?? reguladores para los que existe un documento específico (por ejemplo, EN 88-1 y EN 88-2@, etc.); ?? válvulas de control de procesos industriales de acuerdo con EN 1349. El anexo normativo G de este documento enumera algunos materiales adecuados para piezas que soportan presión @ paredes divisorias metálicas internas @ dispositivos auxiliares @ líneas integrales de proceso y detección @ conectores y sujetadores. Se pueden utilizar otros materiales cuando se cumplan las restricciones indicadas en la Tabla 5. La integridad continua de los reguladores de presión de gas se garantiza mediante controles de vigilancia y mantenimiento adecuados. Para las comprobaciones funcionales y el mantenimiento periódicos, es común hacer referencia a las regulaciones/estándares nacionales existentes o a las prácticas de los usuarios/fabricantes. Este documento ha introducido la reacción de los reguladores de presión ante las fallas esperadas razonables especificadas en términos de "cierre de fallas". y ??falla al abrir?? Tipos de reguladores de presión @ pero se debe considerar que existen otros tipos de fallas cuyas consecuencias pueden provocar las mismas reacciones (estos riesgos están cubiertos mediante redundancia según EN 12186) y que los riesgos residuales deben reducirse mediante una vigilancia adecuada en el uso. mantenimiento. En este documento@ tanto los reguladores de presión que se pueden clasificar como ??accesorios de seguridad?? por sí mismos (monitores) según la Directiva de equipos a presión (2014/68/UE), así como reguladores que se pueden utilizar para proporcionar la protección de presión necesaria a través de redundancia (por ejemplo, regulador de presión con dispositivo de cierre de seguridad integrado @ regulador de presión + monitor de línea @ regulador de presión + dispositivo de cierre de seguridad). Lo dispuesto en este documento está en línea con el estado de la técnica en el momento de su redacción. Este documento no pretende limitar la mejora de las disposiciones actuales (materiales@ requisitos@ métodos de prueba@ criterios de aceptación@ etc.) o el desarrollo de nuevas disposiciones para reguladores de presión de gas cuando sean adecuadas para garantizar un nivel equivalente de confiabilidad. Algunas cláusulas de esta norma deberían reconsiderarse en el momento en que las características para gases no convencionales estén disponibles. Los reguladores de presión de gas según esta norma europea no tienen fuente de ignición propia y por lo tanto no están dentro del alcance de la Directiva Europea 2014/34/UE. Cualquier componente adicional (por ejemplo, interruptor de proximidad, transductor de recorrido, etc.) debe considerarse de forma independiente en el marco de los ensamblajes según la directriz ATEX. Directriz sobre la aplicación de la directiva del Consejo 94/9/CE del 23 de marzo de 1994, edición de junio de 2009. Cláusulas 3.7.3 y 3.7.4. El documento incluye también consideraciones medioambientales. 1 Las líneas de servicios son las definidas en la norma EN 12279.

PREN 334-2016 Historia

  • 2016 PREN 334-2016 Reguladores de presión de gas para presiones de entrada hasta 100 bar
  • 1990 prEN 334-1990 Reguladores de presión de gas para presiones de entrada de hasta 100 bar



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