Descripción de la investigación para interruptores cerrados y de frente muerto para uso en sistemas fotovoltaicos98B1 Alcance1.1 Estos requisitos cubren interruptores abiertos, cerrados y de frente muerto con capacidad nominal de hasta 1500 V CC, destinados para uso en sistemas fotovoltaicos (PV) de CC e instalados de acuerdo con el Artículo 690 del Código Eléctrico Nacional, ANSI/NFPA-70. Estos interruptores están destinados para condiciones ambientales entre menos 20 y +50 °C.1.2 Estos requisitos están destinados a usarse junto con los requisitos de la Norma para interruptores cerrados y de frente muerto, UL 98, excepto que se modifiquen o complementen con los siguientes requisitos.1.3 A menos que se especifique lo contrario, cuando se usa el término interruptor en este esquema, se refiere a un interruptor fotovoltaico, cerrado, abierto o de frente muerto. 1.4 Los interruptores fusibles están diseñados para usarse con fusibles fotovoltaicos (PV) que cumplan con los requisitos del Esquema para fusibles de bajo voltaje: Fusibles para sistemas fotovoltaicos, UL 2579.1.5 Estos requisitos también se aplican a interruptores de tipo abierto, utilizados junto con el Esquema de investigación para interruptores de tipo abierto, UL 98A.1.6 Estos requisitos también cubren interruptores fotovoltaicos con y sin fusibles activados eléctricamente.
UL 98B-2024 Historia
2024UL 98B-2024 Esquema de investigación para interruptores cerrados y de frente muerto para uso en sistemas fotovoltaicos
2010UL 98B BULLETIN-2010 Suscriptores del servicio de estándares de UL para interruptores cerrados y de frente muerto, e inversores, convertidores, controladores y equipos de sistemas de interconexión para uso con recursos de energía distribuida Resumen de temas Este boletín anuncia la disponibilidad