1.1 Esta norma se aplica a dos tipos de combustible diésel bajo en azufre (FTS), Tipo A-FTS y Tipo B-FTS, adecuados para motores diésel de alta velocidad (que generalmente funcionan a velocidades más altas) que requieren. combustible diesel bajo en azufre para cumplir con las regulaciones de limitación de emisiones. 1.1.1 El combustible tipo A-FTS está destinado a su uso en motores como los de autobuses de transporte público y automóviles de pasajeros o donde se requiere una eficiencia a baja temperatura mayor que la del combustible diésel tipo B-FTS debido a la temperatura ambiente. 1.1.2 El combustible tipo B-FTS está destinado a motores sujetos a cargas relativamente elevadas, como los de equipos industriales y equipos móviles pesados, como camiones interurbanos y equipos de construcción, cuando las condiciones de temperatura ambiente permitan su uso.
CAN/CGSB-3.517-1993 Historia
1993CAN/CGSB-3.517-1993 Combustible diésel bajo en azufre para vehículos automotores