ADOPTADO_DE:EN 474-1:2006+A3:2013 Este %Estándar Europeo& especifica los requisitos de seguridad generales para la maquinaria de trabajo del suelo, tal como se describen en EN ISO 6165:2006, excepto las compresoras y los perforadores de dirección horizontal. TAL VEZ 1 Las compresoras están cubiertas por el EN 500. TAL VEZ 2 Los perforadores de dirección horizontal están cubiertos por el EN 791. Este %Estándar Europeo& también se aplica a la maquinaria derivada (ver 3.1.2) diseñada principalmente para usar equipos para descompactar, recolectar, mover, transportar, distribuir y nivelar tierra y rocas. Este %Estándar Europeo& proporciona los requisitos de seguridad comunes para las familias de maquinaria de trabajo del suelo y está destinado a usarse en combinación con uno de los partes 2 a 12 de la EN 474. Estas partes específicas de máquina (EN 474-2 a -12) no repiten los requisitos desde !EN 474-1:2006+A1:2009", sino que añaden o reemplazan los requisitos para la familia en cuestión. TAL VEZ 3 Los requisitos especificados en esta parte del estándar son comunes a dos o más familias de maquinaria de trabajo del suelo. Los requisitos específicos en las partes 2 a 12 de la EN 474 tienen preferencia sobre los respectivos requisitos de !EN 474-1:2006+A1:2009". Para la maquinaria multifuncional, se deben usar las partes del estándar que cubren las funciones y aplicaciones específicas, como un cargador compacto también utilizado como tala debe utilizar los requisitos relevantes de las partes 1, 3 y 10 de la EN 474. El estándar también aborda los requisitos generales para accesorios que se proponen usar con familias de maquinaria de trabajo del suelo cubiertas por el ámbito. EXCEPTO LA PARTE 12, este %Estándar Europeo& no se ocupa" de los peligros eléctricos relacionados con las rutas principales y los motores cuando la fuente principal de energía es eléctrica. EXCEPTO EL ACCUPASAR DE ARRASTRE DE remolques." Este %Estándar Europeo& se ocupa de todos los peligros significativos, situaciones peligrosas y eventos relevantes para la maquinaria de trabajo del suelo cuando se usa conforme a lo previsto y en condiciones de uso incorrecto que son razonablemente previsibles por el fabricante (ver Cláusula 4).
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NS-EN 474-1:2006+A3:2013 Historia
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1994NS-EN 474-1:1994 Maquinaria para movimiento de tierras. Seguridad. Parte 1: Requisitos generales.