Esta norma requiere una capacidad nominal de calefacción de 83,7 MJ/h {20 000 kcal/h} (125,6 MJ/h (30 000 kcal/h} para suministro combinado de agua caliente) o menos. Capacidad de refrigeración de 62,8 MJ/h {15 000 kcal/ h} o menos. Esta norma especifica las unidades de aire acondicionado y calefacción (en lo sucesivo denominadas "unidades") utilizadas en los hogares de las personas. Esta norma también especifica las unidades de aire acondicionado y agua caliente que tienen un calentador de agua adjunto a la unidad. Sin embargo, las Normas Industriales Japonesas están excluidas de esta norma por sus respectivas Normas Industriales Japonesas.