ADOPTADO_DE:EN 1522:1998 Esta norma define los requisitos y la clasificación que deben satisfacer las ventanas, puertas, contraventanas y persianas cuando se prueban de acuerdo con la EN 1523. Esta norma es aplicable a ataques con pistolas, rifles y escopetas a ventanas, puertas, contraventanas. y persianas completas con sus marcos y rellenos, para uso en ubicaciones internas y externas de edificios. Las contraventanas y persianas deben probarse por separado y no junto con una ventana o puerta, para lograr la clasificación en términos de resistencia a las balas. Esta norma no proporciona información sobre el comportamiento del objeto de prueba cuando se somete a otro tipo de tensiones. No proporciona información sobre la resistencia a las balas de la unión entre el marco y la pared u otra estructura circundante1). 1) Se debe tener cuidado para garantizar que todas las juntas entre la pared y la puerta, ventana, contraventana o persiana tengan una protección antibalas al menos igual a la de la puerta, ventana, contraventana o persiana.
NS-EN 1522:1998 Historia
1999NS-EN 1522:1998 Ventanas, puertas y contraventanas y persianas. Resistencia a las balas. Requisitos y clasificación.