1.1 Esta práctica para informar las características de finura de los pigmentos está diseñada para aplicarse en la mayoría de los casos en los que se emplean métodos bien conocidos para determinar estas características del tamaño de partículas en el rango subtamiz, como métodos microscópicos, de sedimentación y turbidimétricos; y parcialmente a métodos de absorción y permeabilidad. 1.2 Los pigmentos laminares, en forma de placas y los pigmentos compuestos que tienen una distribución bimodal definida no se consideran dentro del alcance de esta práctica. 1.3 Parámetros: las características de finura se informan en los siguientes tres parámetros: 1.3.1 Parámetro de tamaño de partícula. 1.3.2 Parámetro de aspereza: un parámetro que describe el carácter de aspereza del pigmento, haciendo uso de un valor límite en el rango de subtamiz similar al usado en los rangos de tamiz. 1.3.3 Parámetro de dispersión: parámetro que describe la uniformidad de la distribución del tamaño de partículas. 1.4 Esta norma no pretende abordar todos los problemas de seguridad, si los hay, asociados con su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma establecer prácticas apropiadas de seguridad, salud y medio ambiente y determinar la aplicabilidad de las limitaciones reglamentarias antes de su uso. 1.5 Esta norma internacional fue desarrollada de acuerdo con los principios internacionalmente reconocidos sobre estandarización establecidos en la Decisión sobre Principios para el Desarrollo de Normas, Guías y Recomendaciones Internacionales emitida por el Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) de la Organización Mundial del Comercio.