El presente estándar se aplica a las frutas frescas de arbustos cultivados de diversas especies de la familia Rosáceas, género Rosa (Rosa), así como a las frutas secas de rosa mosqueta (de arbustos silvestres y cultivados), destinadas a su posterior transformación industrial y/o comercialización con el consumidor: - Rosa majalis Herrm. (R. cinnamomea L.); - Rosa acicularis Lindl.; - Rosa davurica Pall.; - Rosa beggeriana Schrenk; - Rosa fedtschenkoana Regel; - Rosa rugosa Thunb., y otras, incluidos los híbridos interespecíficos (variedades obtenidas mediante selección). El presente estándar no se aplica a las frutas de rosa mosqueta utilizadas como materia prima medicinal. La estructura anatómica de las frutas secas de rosa mosqueta se describe en el anexo A.
GOST 35333-2026 Historia
2026GOST 35333-2026 Frutos de rosa mosqueta frescos y secos. Condiciones técnicas