API BULL 1613-1961
GUÍA DE DISEÑO DE PLANTAS A GRANEL

Estándar No.
API BULL 1613-1961
Fecha de publicación
1961
Organización
API - American Petroleum Institute
Ultima versión
API BULL 1613-1961
Alcance
PRÓLOGO El diseño de una planta a granel es una cuestión de combinar requisitos funcionales con prácticas de ingeniería sólidas. Este boletín señala los requisitos funcionales más importantes y brinda información básica de ingeniería que a su vez debe cumplir con varios requisitos de código. A través de años de experiencia@ individuos@ compañías petroleras@ fabricantes de equipos@ y asociaciones comerciales y técnicas han desarrollado guías y prácticas básicas que son aplicables en toda la industria petrolera. Es la intención de esta publicación consolidar esta experiencia en beneficio de la industria. Su propósito no es suplir la necesidad de un ingeniero profesional. Debido a que la construcción de plantas de este tipo implica cuestiones relativas a la seguridad pública y la prevención de incendios, se debe contratar un servicio de ingeniería calificado para preparar los planos y especificaciones y supervisar la construcción de la planta. Excepto de manera general, por lo tanto, esta publicación no dictará materiales o métodos de construcción ni entrará en detalles sobre los métodos para determinar el tamaño de las bombas, tuberías u otras instalaciones. Se cree que éstas son en gran medida cuestiones de criterio que debe evaluar el diseñador y que variarán en cada caso@ dependiendo de las limitaciones presupuestarias; preferencias del cliente; tipo de operaciones; y condiciones físicas tales como topografía@ propiedades de los productos a manipular@ rendimiento de la planta@ tasas de carga@ y así sucesivamente. Los códigos de construcción y líquidos inflamables estatales o locales tendrán prioridad sobre cualquier recomendación hecha en este documento. NFPA No. 30: Código de líquidos inflamables y otras normas API y NFPA aplicables deben usarse como referencias. Esta información puede ser utilizada por cualquier persona que desee hacerlo, pero el Instituto Americano del Petróleo no será responsable de ninguna manera por cualquier pérdida o daño resultante o por cualquier violación de cualquier reglamentación federal, estatal o municipal.

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