Esta norma proporciona los requisitos para estructuras temporales reubicables de construcción modular. Las estructuras reubicables para uso temporal son una forma de construcción modular@ construida en una instalación externa aprobada@ diseñada para ser transportada a un lugar@ ensamblada@ y utilizada. Durante la vida de estas estructuras se pueden utilizar en varios lugares diferentes. Se permite que los edificios construidos bajo esta norma sean de construcción combustible o no combustible @ utilizados solos o en combinación @ Esta norma especifica requisitos que incluyen @ pero no se limitan a: a) Objetivos del Código Nacional de Construcción de Canadá (NBC): i) seguridad; ii) salud; y iii) protección estructural contra incendios de edificios b) identificación y etiquetado Un edificio regulado por esta norma no necesita cumplir con los requisitos de la Sección 9.36 de la NBC@ o el Código Nacional de Energía de Canadá para Edificios (NECB) en lo que respecta a: a ) el diseño y construcción de la envolvente del edificio; y b) el diseño y construcción o especificación de sistemas y equipos para: i) iluminación@ calefacción@ ventilación o aire acondicionado; y ii) calentamiento de agua de servicio. Ver subsección 18.2 Aislamiento@ 18.3 Ventilación@ y Anexo D@ D18.2. Esta Norma se aplica a: a) un edificio de una planta i) sin espacio para dormir@ que no tenga más de 1 200 m2 de área de construcción@ y si está rociado@ no tenga más de 2 400 m2 de superficie de construcción@ y ii) con espacio para dormir @ que no tenga más de 600 m2 de área de construcción@ y si hay rociadores@ no tenga más de 1 200 m2 de área de construcción@ y b) un edificio de dos pisos i) sin espacio para dormir@ que no tenga más de 600 m2 de área de construcción@ @ y si el área de construcción con rociadores@ no supera los 1 200 m2@ y ii) con espacio para dormir@ que no supera los 300 m2 en el área de construcción@ y si el área de construcción con rociadores@ no supera los 600 m2. Consulte 20.3 Grupo de edificios. Se permite que un edificio descrito en la Cláusula 1.6 consista en uno o más módulos transportables diseñados específicamente para ser fácilmente reubicables y utilizables sin cimientos permanentes.