ETSI EN 301 751:2002
Sistemas de Radio Fijos; Equipos y Antenas Punto a Punto; Norma armonizada genérica para sistemas y antenas de radio fija digital punto a punto que cubre los requisitos esenciales según el artículo 3.2 de la Directiva 1999/5/CE (V1.2.1)

Estándar No.
ETSI EN 301 751:2002
Fecha de publicación
2002
Organización
ETSI - European Telecommunications Standards Institute
Ultima versión
ETSI EN 301 751:2002
Alcance
"El presente documento se aplica a los siguientes tipos de sistemas de radiocomunicaciones fijas digitales (DFRS): 1) sistemas punto a punto destinados a funcionar en bandas de frecuencia que requieren coordinación; 2) sistemas punto a punto destinados a funcionar en frecuencias bandas que no requieren coordinación; 3) antenas para DFRS punto a punto. El presente documento pretende cubrir las disposiciones de la Directiva 1999/5/CE [1] (Directiva RTTE), artículo 3.2 que establece que "". .. los equipos de radio se construirán de manera que utilicen eficazmente el espectro asignado a las radiocomunicaciones terrestres/espaciales y a los recursos orbitales a fin de evitar interferencias perjudiciales". Además del presente documento@, otras EN que especifican requisitos técnicos con respecto a funciones esenciales Los requisitos establecidos en otras partes del artículo 3 de la Directiva RTTE [1] pueden aplicarse a equipos dentro del alcance del presente documento. NOTA 1: Se incluye una lista de dichas EN en el sitio web de ETSI en http://www.newapproach. NOTA 2: El tercer dígito del número de versión EN no se considera esencial para fines de referencia de fecha porque los Procedimientos de Trabajo Técnico del ETSI reservan este dígito para versiones con cambios editoriales@, por lo que no afecta los parámetros técnicos dentro de esa versión. Las disposiciones del presente documento son válidas para todos los DFRS (sistemas de radio fijos digitales) punto a punto (PP) y antenas relacionadas también en el alcance de los estándares ETSI pertinentes resumidos. Para cubrir técnicamente diferentes requisitos de mercado y de red@ con un equilibrio apropiado de costo/beneficio@, los estándares ETSI resumidos en la tabla 1 ofrecen una serie de tipos de sistemas y alternativas de antenas@ para diferentes requisitos de red/mercado@, incluyendo: ? alternativas de separación de canales (según lo previsto en la Recomendación pertinente de la CEPT); ? alternativas de clases de eficiencia espectral (diferente complejidad de los formatos de modulación previstos en los estándares de equipos de radio); ? Alternativas de clase de directividad de antena (para diferentes requisitos de densidad de red). Sin embargo, el Servicio Fijo generalmente opera en bandas no armonizadas, por lo que actualmente se entiende que los Organismos Reguladores Nacionales pueden limitar la concesión de licencias sólo a algunas alternativas seleccionadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Directiva RTTE [1] ""...por razones relacionadas con el uso eficaz y adecuado del espectro radioeléctrico@..."". En un régimen a largo plazo@ es deseable que las alternativas permitidas se incluyan dentro de la ""notificación de interfaz nacional"" según lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Directiva RTTE [1] y también que las alternativas cubiertas se mencionen en la ""notificación de la intención de comercializar un DFRS en el mercado nacional"" según lo dispuesto en la Directiva RTTE [1] artículo 6.4. El presente documento se considera aplicable a productos de sistemas de radio fijos con antenas integrales@ para los cuales se aplican todos los requisitos técnicos incluidos en el presente documento. También se aplica a equipos radioeléctricos fijos sin antenas integrales y a productos de antena separados@ a los que sólo se aplican los requisitos técnicos pertinentes@ y que, por lo tanto, estarían sujetos a declaraciones separadas de conformidad con los requisitos esenciales de la Directiva RTTE [1]. En particular@ debe tenerse en cuenta que TCAM@, si bien reconoce la ""esencialidad"" de los requisitos direccionales de la antena para algunas aplicaciones@ incluido el servicio fijo@, ha delliberado que no debería haber obligación de una declaración de conformidad por separado para antenas independientes y que se exija al integrador final del sistema el respeto de los requisitos esenciales pertinentes. Sin embargo, también se ha reconocido que la evaluación de los requisitos del artículo 3.2 en los emplazamientos radioeléctricos es técnicamente impracticable. Por lo tanto@ no debería prohibirse a un proveedor de antenas DFRS@ que decida@ bajo su responsabilidad@ declarar el cumplimiento de la norma armonizada pertinente (o parte de la misma@ en este caso)@ colocar la etiqueta CE en un dispositivo fijo autónomo. Producto de antena de radio@ que cumpla todas las demás obligaciones previstas por la Directiva RTTE [1]; en particular@ proporcionando información al usuario sobre el uso previsto del aparato. El integrador final del sistema podría beneficiarse de dicha declaración de conformidad para cualquier obligación de evaluación final del sitio radioeléctrico. En cualquier caso@, se espera que el fabricante de la antena conserve un expediente técnico de construcción (según el anexo II del RTTE) que deberá suministrar@ previa solicitud@ al proveedor del sistema de radio o al integrador final del sistema. Las especificaciones técnicas pertinentes a la Directiva RTTE [1] se resumen en el anexo A."

ETSI EN 301 751:2002 Historia

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  • 2000 ETSI EN 301 751:2000 Sistemas de Radio Fijos; Equipos y Antenas Punto a Punto; Estándar armonizado genérico para antenas y sistemas de radio fijos digitales punto a punto que cubre los requisitos esenciales según el artículo 3.2 de la Directiva 1999/5/CE (V1.1.1)



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