Esta parte de ISO/IEC 15459 especifica los requisitos de procedimiento para mantener un identificador único y no significativo para aplicaciones de gestión de artículos y describe las obligaciones de la autoridad de registro y las agencias emisoras. Esta parte de ISO/IEC 15459 excluye aquellos elementos en los que ISO ha designado agencias de mantenimiento o autoridades de registro para proporcionar esquemas de identificación. No se aplica a: contenedores de carga, porque su codificación única se especifica en la norma ISO 6346, Contenedores de carga: codificación, identificación y marcado;
——vehículos, porque su identificación única se especifica en la norma ISO 3779, Vehículos de carretera — Número de identificación del vehículo (VIN) — Contenido y estructura;
——radios de coche, porque su identificación única se especifica en la norma ISO 10486, Turismos — Número de identificación de radio de coche (CRIN). La exclusión también se aplica a ISO 2108, Información y documentación: Número de libro estándar internacional (ISBN) e ISO 3297, Información y documentación: Número de serie estándar internacional (ISSN). NOTA El alcance de cada una de las Normas ISO 2108 e ISO 3297 identifica el título en lugar de la copia individual de un libro o publicación periódica. Como tal, el nivel de identificación logrado es superior a la identidad única requerida para cumplir con esta parte de ISO/IEC 15459.
ISO/IEC 15459-2:1999 Historia
2015ISO/IEC 15459-2:2015 Tecnologías de la información - Técnicas de identificación automática y captura de datos - Identificación única - Parte 2: Procedimientos de registro
2006ISO/IEC 15459-2:2006 Tecnología de la información - Identificadores únicos - Parte 2: Procedimientos de registro
1999ISO/IEC 15459-2:1999 Tecnología de la información - Identificación única de las unidades de transporte - Parte 2: Procedimientos de registro