Esta norma internacional especifica dos métodos para la determinación del índice de fenol en aguas de diferente origen (como aguas subterráneas, aguas superficiales, aguas de filtración y aguas residuales) en concentraciones másicas de 0,01 mg/l a 1 mg/l ( en la muestra sin diluir). En casos particulares, el campo de aplicación puede adaptarse variando las condiciones de funcionamiento. La cláusula 3 describe la determinación del índice de fenol (sin destilación) después de la extracción, y en la cláusula 4 se proporciona la determinación del índice de fenol (sin extracción) después de la destilación.