Cubre tomas de corriente, con o sin postes o pedestales de montaje integrales, y accesorios para tomas de corriente para uso de acuerdo con el Código Eléctrico Nacional, NFPA 70. Una toma de corriente cubierta por estos requisitos, aunque no restringida a dicho uso, está destinada a (1) para uso en lugares al aire libre, como granjas, sitios de construcción y similares, donde se requiere energía para operar equipos portátiles, móviles o instalados temporalmente; (2) para suministrar energía a una casa móvil o un vehículo recreativo; y (3) suministrar energía desde tierra a los barcos. Un tomacorriente puede contener receptáculos para enchufes adjuntos, disyuntores, portafusibles, interruptores con fusibles e instalaciones para medidores de vatios-hora y provisiones para disyuntores o interruptores y fusibles instalados en el campo.