IEC 61496-3:2001
Seguridad de la maquinaria - Equipos de protección electrosensibles - Parte 3: Requisitos particulares para dispositivos de protección optoelectrónicos activos que responden a la reflexión difusa (AOPDDR)

Estándar No.
IEC 61496-3:2001
Fecha de publicación
2001
Organización
International Electrotechnical Commission (IEC)
Estado
 2018-12
Remplazado por
IEC 61496-3:2008
Ultima versión
IEC 61496-3:2018 RLV
Alcance
Esta sección especifica requisitos adicionales para el diseño, fabricación y prueba de equipos de protección electrosensibles (ESPE) para protección de seguridad mecánica utilizando dispositivos de protección reflectantes difusas optoelectrónicos activos (AOPDDR) para funciones de detección. Se presta especial atención a aquellos requisitos que garantizan un rendimiento de seguridad adecuado del dispositivo. ESPE puede incluir algunas funciones de seguridad opcionales. Los requisitos para seleccionar funciones se dan en el Apéndice A de esta parte y en el Apéndice A de GB/T19436.1-2004. Esta sección se limita a las funciones del ESPE, no especifica el tamaño o estructura del área de detección ni la disposición de las partes peligrosas en ninguna aplicación especial, ni especifica el estado peligroso en que se encuentra cualquier maquinaria. AOPDDR es un dispositivo de detección con un área de detección bidimensional. El elemento transmisor emite rayos infrarrojos cercanos para iluminar el área de detección. Cuando la luz emitida encuentra un objeto (como una persona o parte del cuerpo humano), parte del rayo se refleja hacia el receptor por reflexión difusa, de modo que los objetos en la zona se puede detectar. Nota: En algunos casos, es necesario considerar las limitaciones del uso del sensor. Por ejemplo:  ——un objeto que produce reflexión especular (especial), si su valor de reflexión difusa es inferior al valor especificado del bloque de prueba "negro", el objeto puede no ser detectado;  ——el coeficiente mínimo de reflexión del obstáculo de detección es Basado en la ropa de la persona Sin duda. Es posible que no se detecten objetos con una reflectividad inferior a las estimaciones de esta sección. Esta sección no se aplica a los AOPDDR con longitudes de onda de radiación fuera del rango de 820 nm a 946 nm, ni a aquellos AOPDDR que no emiten luz por sí mismos. Esta sección se puede utilizar como guía para el uso de dispositivos sensores con longitudes de onda de radiación fuera de este rango. Además, esta sección no se aplica a AOPDDR con capacidades de detección nominal fuera del rango de 50 mm a 100 mm. Esta sección puede ser relevante para aplicaciones distintas a la protección del cuerpo humano, como la protección de máquinas o productos contra daños mecánicos. En estas aplicaciones, por ejemplo, cuando los objetos que deben ser detectados por la función de detección tienen características diferentes a las del cuerpo humano y la ropa, pueden ser necesarios requisitos adicionales. Esta sección no cubre los requisitos de emisiones de compatibilidad electromagnética (EMC). Los dispositivos optoelectrónicos que solo tienen una medición de distancia de una fuente de luz puntual unidimensional, como los interruptores de proximidad, también están fuera del alcance de esta sección.

IEC 61496-3:2001 Historia

  • 0000 IEC 61496-3:2018 RLV
  • 2008 IEC 61496-3:2008 Seguridad de las máquinas. Equipos de protección electrosensibles. Parte 3: Requisitos particulares para dispositivos de protección optoelectrónicos activos que responden a la reflexión difusa (AOPDDR).
  • 2001 IEC 61496-3:2001 Seguridad de la maquinaria - Equipos de protección electrosensibles - Parte 3: Requisitos particulares para dispositivos de protección optoelectrónicos activos que responden a la reflexión difusa (AOPDDR)



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